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Jubilados

Información para Jubilados


Quienes finalizan su trámite jubilatorio pueden elegir de inmediato una obra social del Listado de Obras Sociales para la Atención de Jubilados y Pensionados si no desean permanecer en PAMI.
Los beneficiarios titulares de beneficios previsionales reciben con su grupo familiar primario las prestaciones médicas de la obra social en la que se encontraban, durante 90 (noventa) días. Finalizado este perído y de no haber obtenido su jubilación, puede solicitar una credencial provisoria para recibir prestaciones por PAMI con el número de expediente otorgado por ANSES.

Importante


Todas las personas que cobren una jubilación o pensión tienen derecho a una obra social, al igual que sus familiares a cargo. Pueden ser incluidos:

Cónyuge o conviviente.
Hijos de cónyuge o conviviente
Hijos solteros menores de 21 años o hasta 25 años si se encuentran estudiando
Hijos con discapacidad sin límite de edad
La obra social se asigna cuando se otorga la jubilación o pensión, la cual podés identificar mediante el Constancia de Empadronamiento (CODEM), donde constan tus datos personales, de tu grupo familiar y la obra social asignada o elegida.
Los jubilados y pensionados pueden ejercer su opción de cambio una vez por año, en cualquier fecha. El trámite se realiza en ANSES o en la UDAI más cercana al domicilio, con el último recibo de cobro y DNI. La opción se hace efectiva a los 90 (noventa) dias de realizado el trámite.

Consultar Datos en Anses